El objetivo de esta sección es únicamente informativo, los trámites que aquí se describen no se realizan en el CMPE, se tienen que realizar en la Real Sociedad Canina de España (RSCE), bien directamente o bien dirigiéndose a la sociedad canina colaboradora de la RSCE correspondiente a su domicilio.
Así mismo las copias de los impresos tienen una función ilustrativa, los trámites hay que realizarlos con los impresos originales que se pueden conseguir en la Real Sociedad Canina de España o en cualquier sociedad canina colaboradora de la RSCE.
Ver listado de sociedades caninas colaboradoras
- LIBRO DE ORÍGENES ESPAÑOL (L.O.E) / REGISTRO DE RAZAS CANINAS (R.R.C)
- PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE “RECONOCIMIENTO DE RAZA”
- TRAMITACIÓN DE PEDIGRI (SIN TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD)
- TRAMITACIÓN DE TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD CON EL PEDIGRI
- TRAMITACIÓN DE TRANSFERENCIA Y PEDIGRI DE EXPORTACION (EXPORT PEDIGREE)
- INSCRIPCIÓN EN EL L.O.E./R.R.C DE EJEMPLARES IMPORTADOS
- CESIÓN TEMPORAL DE LA HEMBRA (CESIÓN DE CAMADA)
- INSCRIPCIÓN EN EL L.O.E/R.R.C. DE PERROS YA INSCRITOS EN OTROS LIBROS GENEALÓGICOS ESPAÑOLES
LIBRO DE ORÍGENES ESPAÑOL (L.O.E) / REGISTRO DE RAZAS CANINAS (R.R.C)
Son los libros genealógicos en los que la Real Sociedad Canina de España inscribe y lleva el registro de los perros de raza pura, con el objeto de servir de fuente de autenticidad oficialmente reconocida en España.
El LOE es el libro principal y en él se inscriben los ejemplares de raza pura que tienen reconocidas un mínimo de tres generaciones completas (es decir, hasta los bisabuelos).
Los ejemplares que se ajustan al estándar de la raza, pero de los que no se puede acreditar sus tres generaciones completas se pueden inscribir en el RRC.
PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE RAZA (INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE RAZAS CANINAS R.R.C.)
En cualquier exposición canina avalada por la Real Sociedad Canina de España se pueden llevar a cabo “Registros Iniciales de Raza” (lo que comúnmente se vienen llamando “reconocimientos de raza”), siempre y cuando cuenten con jueces caninos cualificados.
PASOS A SEGUIR:
- El perro debe tener al menos un año de edad y estar identificado mediante tatuaje o microchip.
- Consultar la presencia en la exposición de un juez capacitado por la Real Sociedad Canina de España para reconocer la raza que nos interesa.
- Inscribir el perro mediante un formulario específico, al menos 20 días antes de la exposición.
- Abonar la correspondiente tasa.
- El día de la exposición, recoger la correspondiente documentación en la mesa de admisión y presentarse con el perro al comisario del ring asignado, ya que al finalizar los juicios de belleza el juez procederá a realizar los reconocimientos de raza.
- Si el juez certifica la raza del perro, entregar en la mesa de admisión el documento validado para su tramitación e inscripción en el Libro de Registro de Razas Caninas.
- Pasados unos meses se enviará al domicilio del propietario el documento oficial que justifica la inscripción.
El Pedigrí es un documento emitido por la Real Sociedad Canina de España que certifica la genealogía de los ejemplares inscritos en el LOE o en el RRC.
En el pedigrí figuran los antepasados (se puede solicitar hasta la tercera o la cuarta generación) y los datos del ejemplar (nombre, sexo, fecha de nacimiento, raza, etc.), su número de inscripción (en el L.O.E. o en el R.R.C.), nombre del criador, nombre del propietario, etc., también se indican títulos de los ejemplares.
En el caso del Mastín del Pirineo, por ser una raza Española, indicará también si el ejemplar ha sido confirmado y es apto/no apto para la cría.
TRAMITACIÓN DE PEDIGRI (SIN TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD)
Cuando es el propio criador el que tramita el pedigrí a su nombre, sin transferir la propiedad.
PASOS A SEGUIR:
- Cumplimentar el original del justificante de inscripción en el LOE o RRC al dorso, sin enmiendas, con sus datos y firmarlo (como cedente y como nuevo propietario).
- Presentar el justificante de inscripción para solicitar el pedigrí en la Real Sociedad Canina de España o en la sociedad canina colaboradora de la R.S.C.E. que corresponda a su domicilio.
- Pagar el importe que corresponda a la tramitación.
TRAMITACIÓN DE PEDIGRI CON TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD CON EL JUSTIFICANTE DE INSCRIPCIÓN EN EL L.O.E./R.R.C.
Cuando cambia por primera vez la propiedad de un perro, el nuevo propietario tendrá que solicitar simultáneamente el pedigrí y el cambio de propiedad.
PASOS A SEGUIR:
- Cumplimentar el original del Justificante de Inscripción en el L.O.E. o R.R.C. que le haya entregado el criador, al dorso (Solicitud de Cesión de Propiedad), sin enmiendas, con el nombre y dirección completos del nuevo propietario o propietarios. Deben firmar todos los propietarios anteriores (cedentes) y todos los propietarios nuevos. Ver documento
- Presentar el Justificante de Inscripción para solicitar un pedigrí con transferencia en la Real Sociedad Canina de España o en la Sociedad Canina colaboradora de la R.S.C.E. que corresponda a su domicilio.
- Pagar el importe que corresponda a la tramitación.
TRAMITACIÓN DE TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD CON EL PEDIGRI
Cuando la solicitud de cesión de propiedad se realiza una vez obtenido el pedigrí.
PASOS A SEGUIR:
- Cumplimentar el apartado Cesión de Propiedad, sin enmiendas, con el nombre y dirección completos del nuevo propietario o propietarios. Deben firmar todos los propietarios anteriores (cedentes) y todos los propietarios nuevos. Ver documento
- Presentar el pedigrí para solicitar la transferencia de propiedad en la Real Sociedad Canina de España o en la Sociedad Canina colaboradora de la R.S.C.E. que corresponda a su domicilio.
- Pagar el importe que corresponda a la tramitación.
TRAMITACIÓN DE TRANSFERENCIA Y PEDIGRI DE EXPORTACION (EXPORT PEDIGREE)
Si el nuevo propietario no reside en España, para la tramitación del Pedigrí de Exportación se procederá de la misma manera que en los dos casos anteriores, cumplimentando la cesión de propiedad en la parte posterior del Justificante de Inscripción en el L.O.E. o del pedigrí, con el nombre y dirección completos del nuevo propietario o propietarios no residentes en España. Deben firmar todos los propietarios anteriores (cedentes) y todos los propietarios nuevos.
INSCRIPCIÓN EN EL L.O.E./R.R.C DE EJEMPLARES IMPORTADOS
Se puede solicitar la inscripción en el L.O.E./R.R.C. de ejemplares importados con los requisitos siguientes:
REQUISITOS:
- Disponer de pedigrí de un país que sea miembro o esté reconocido por la Federación Canina Internacional (F.C.I.), a nombre de un propietario español o residente en España.
- Para ser inscritos en el L.O.E. el pedigrí deberá tener al menos tres generaciones completas.
PASOS A SEGUIR:
- Si se dispone de un pedigrí nacional de una sociedad canina extranjera reconocida oficialmente, el propietario español del perro tiene que enviarlo a la sociedad canina del país que corresponda, cumplimentado con su nombre y dirección en España, para solicitar el Pedigrí de Exportación (Export Pedigree).
- Cuando ya se dispone del pedigrí de exportación (Export Pedigree), original, emitido por una sociedad canina extranjera reconocida oficialmente y a nombre del propietario español o residente en España, hay que presentarlo en la Real Sociedad Canina de España o en la sociedad canina colaboradora de la R.S.C.E. que corresponda a su domicilio.
- Cumplimentar el impreso de inscripción de perros importados con los datos del perro y del propietario que figure en el Export Pedigree.
- Pagar el importe que corresponda a la tramitación.
OBSERVACIONES
La R.S.C.E. no emite un nuevo pedigrí, sino que devolverá el Export Pedigree original, con la indicación de la inscripción en el L.O.E. o R.R.C.
El afijo es un nombre que se registra en la Fédération Cynologique Internationale (F.C.I.), su titular puede utilizarlo al inscribir las camadas para que los cachorros por él criados lo lleven en el nombre.
PASOS A SEGUIR:
- Presentar el impreso de solicitud de afijo en la R.S.C.E. o en la sociedad canina colaboradora de la R.S.C.E. que corresponda a su domicilio, debidamente cumplimentado y firmado.
Se pueden indicar hasta tres posibles nombres, por orden de preferencia.
La FCI dispone de una página web, que se actualiza semanalmente, en la que se puede consultar si un nombre ya ha sido registrado.
- Pagar el importe que corresponda a la tramitación.
- La Real Sociedad Canina de España enviará la solicitud a la Fédération Cynologique Internationale (F.C.I.), que aceptará uno de los nombres (salvo que ninguno de ellos pueda ser utilizado).
Para inscribir una camada en el L.O.E./R.R.C. hay que respetar las normas siguientes, ya que de no hacerlo su inscripción podría ser rechazada por la R.S.C.E.:
NORMAS RELATIVAS A LOS REPRODUCTORES
- Estar identificados mediante microchip, tanto el macho como la hembra.
- Estar entre las edades permitidas para la reproducción
Hembras: MÁS DE 1 AÑO Y MENOS DE 10 AÑOS cumplidos (el día de la monta).
Machos: MÁS DE 9 MESES Y MENOS DE 12 AÑOS cumplidos (el día de la monta).
- Haber transcurrido como mínimo 6 meses entre parto y parto de la hembra.
- El macho y la hembra tienen que ser de la misma raza.
- Estar inscritos en el L.O.E./R.R.C., tanto el macho como la hembra.
Si el macho o la hembra son importados hay que tramitar su inscripción en el L.O.E. antes del nacimiento de la camada.
Si el propietario del macho reside en otro país, dicho reproductor deberá estar inscrito en el libro de orígenes de su país.
- En el caso del mastín del Pirineo, por tratarse de una raza española, tanto el macho como la hembra, haber obtenido el resultado de APTO para la cría en la confirmación de raza, con anterioridad a la monta, excepto que el propietario del macho resida en un país en que este requisito no sea necesario.
NORMAS RELATIVAS A LOS PROPIETARIOS
- Se considera criador a quien figura como propietario de la hembra reproductora.
Por tanto, si aun no se ha hecho la transferencia de propiedad, habrá que hacerla con antelación, para que conste a su nombre en el L.O.E., antes del nacimiento de la camada.
- En caso de cesión temporal de la hembra reproductora, se debe remitir el contrato a la R.S.C.E. para su registro en el L.O.E., al menos 30 DÍAS ANTES del nacimiento de la camada.
- Para poder poner el afijo en el nombre de los cachorros, el titular del afijo debe ser asimismo propietario de la hembra reproductora.
Si la hembra estuviera en copropiedad, todos los copropietarios deberán ser titulares del afijo.
PASOS A SEGUIR:
El impreso de alta de camada está compuesto de dos hojas: NOTIFICACIÓN DE NACIMIENTO DE CAMADA Y SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE CAMADA.
- Una vez nacida la camada, presentar en la R.S.C.E. o en la sociedad canina colaboradora que corresponda al domicilio del criador, la hoja de NOTIFICACIÓN DE NACIMIENTO DE CAMADA original, debidamente cumplimentada, sin enmiendas ni tachaduras, y firmada por todos los propietarios del macho y la hembra.
Si el macho es extranjero adjuntar:
- Certificado de salto del país de origen (si en su país no existe el Certificado de salto, éste se sustituye por una declaración del propietario).
- Copia del pedigrí
- Copia del documento de identidad del propietario
PLAZO MÁXIMO: 30 DÍAS desde el nacimiento
- Pagar el importe que corresponda a la tramitación.
- La R.S.C.E. enviará al criador un FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN CANINA por cada cachorro, que deberá cumplimentar un veterinario colegiado indicando el número del microchip que se le ha implantado.
- Presentar en la R.S.C.E. o en la sociedad canina colaboradora que corresponda al domicilio del criador, la hoja de SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE CAMADA, original, debidamente cumplimentada, sin enmiendas ni tachaduras, y firmada por todos los propietarios del macho y la hembra.
Adjuntar los FORMULARIOS DE IDENTIFICACIÓN CANINA de los cachorros a inscribir, debidamente cumplimentados por el veterinario colegiado.
PLAZO MÁXIMO: SEIS MESES desde el nacimiento.
- Pagar el importe que corresponda a la tramitación.
Pasado el plazo de seis meses se podrá inscribir, previa aceptación por la R.S.C.E., y pagando los recargos correspondientes.
Una vez que los cachorros han sido inscritos, la R.S.C.E. envía al criador un Justificante de Inscripción en el L.O.E. o R.R.C. por cada uno. El criador deberá entregar este justificante al nuevo propietario para que éste, si lo desea, pueda tramitar el pedigrí a su nombre.
CESIÓN TEMPORAL DE LA HEMBRA (CESIÓN DE CAMADA)
El propietario de una hembra reproductora puede ceder los derechos sobre una camada a favor de otra persona que será considerado el criador de esa camada y podrá inscribirla a su nombre en el L.O.E./R.R.C.
PASOS A SEGUIR:
- Formalizar la cesión temporal en escritura pública o bien mediante un contrato privado legitimando las firmas.
La R.S.C.E. dispone de un modelo de contrato para imprimir que se puede cumplimentar on-line.
- Presentar el documento de cesión en la R.S.C.E. o en la sociedad canina colaboradora que corresponda al domicilio, con una ANTELACIÓN MÍNIMA DE 30 DÍAS a la fecha de nacimiento de la camada.
- Pagar el importe que corresponda a la tramitación.
INSCRIPCIÓN EN EL L.O.E/R.R.C. DE PERROS YA INSCRITOS EN OTROS LIBROS GENEALÓGICOS ESPAÑOLES
Los propietarios de perros inscritos en libros genealógicos de otras sociedades caninas españolas legalmente reconocidas pueden solicitar su inscripción en los libros de la R.S.C.E.
Podrán ser inscritos en el L.O.E. los ejemplares cuya genealogía estuviera registrada en los libros de la R.S.C.E., y de no ser así podrán ser inscritos en el R.R.C.
PASOS A SEGUIR:
- Presentar la solicitud en la R.S.C.E. o en la sociedad canina colaboradora que corresponda al domicilio del propietario, debidamente cumplimentada.
Adjuntar:
- Pedigrí original en el que conste la transferencia de propiedad a nombre del solicitante, así como datos del perro, datos del criador y código del tatuaje o microchip.
- Copia del D.N.I. del propietario
- Baja en el libro genealógico de la sociedad canina de la que proceda (en el mismo pedigrí o en un documento aparte).
- Pagar el importe que corresponda a la tramitación.
- La comisión del libro de orígenes español (C.L.O.E.) examinará la documentación y dictaminarási autoriza o no la inscripción.
- En el L.O.E., si su genealogía consta registrada en los libros genealógicos de la R.S.C.E., facilitando al propietario un nuevo pedigrí.
- En los demás casos, a partir de los 10 mese de edad, el perro deberá pasar una confirmación de raza y verificación de la identificación ante un Juez de la R.S.C.E. en cualquiera de las exposiciones de la R.S.C.E., será incluido en el R.R.C. y se facilitará al propietario un justificante de inscripción de la R.S.C.E.
La solicitud también se puede presentar con un justificante de inscripción, en este caso o en el caso de que en la documentación aportada no figurasen los padres del ejemplar, el perro deberá pasar, a partir del año de edad, un registro inicial y verificación de la identificación ante un juez asignado por la R.S.C.E. en cualquiera de las exposiciones de la R.S.C.E., será incluido en el R.R.C. y se facilitará al propietario un justificante de inscripción de la R.S.C.E.